Las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Trabajo y Previsión Social, que presiden la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján y el diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, ambos de Morena, respectivamente, aprobaron por unanimidad dos dictámenes que reforman diversas disposiciones legales, en materia de eliminación de contratos por honorarios y de permisos para realizarse estudios médicos.
El primero, aprobado por 21 votos de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y 18 de la Comisión de Seguridad Social, propone reformar la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B, del Artículo 123 constitucional.
Asimismo, la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en materia de eliminar los contratos por honorarios asimilables a salarios para personas trabajadoras al servicio del Estado.
Al respecto, la diputada Cisneros Luján, promovente de la iniciativa, afirmó que actualmente existen en la ley dos tipos de contratación, los trabajadores temporales y los permanentes, por lo que la modalidad de contratación por tiempo y obra determinada debe ser desechada, toda vez que limita derechos laborales y el acceso a la seguridad social, pues fue impuesta específicamente al sector público.
Subrayó que está práctica fue aplicada por los gobiernos anteriores cuando el salario se estancó y se buscaron medidas para disminuir la fuerza del Estado, y se procuró que todo el trabajo que era necesario, en lugar de tener connotación permanente, se optó por que fuera por tiempo determinado.
El diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo (Morena) comentó que la reforma tiene como objeto proteger a los trabajadores y cómo darles garantías en sus derechos labores y de seguridad social.
La diputada Araceli Ocampo Manzanares (Morena) consideró que era muy importante legislar en esta materia, en virtud de que los trabajadores contratados por honorarios no gozan de ninguna prestación; por ello, es momento de hacer estos cambios históricos para garantizar los derechos de las y los trabajadoras de todo el país.
A su vez la diputada Susana Prieto Terrazas (Morena) apuntó que esta modificación es trascendental porque cambiará el rumbo de muchos profesionistas.
La diputada Margarita García García (PT) manifestó que con esta iniciativa se da un gran paso para que los trabajadores bajo el régimen de honorarios cuenten con seguridad social, ahora falta exhortar al ISSSTE para que otorgue una buena atención.
La diputada Lilia Aguilar Gil (PT) subrayó que la trascendencia de la reforma es de mayores proporciones, pues el Artículo 123 constitucional, Apartado B, era utilizado para violar continuamente el derecho de los trabajadores al servicio del Estado, por lo que la aprobación de este dictamen constituye un gran avance.
El diputado del PAN, Santiago Torreblanca Engell, señaló que el Estado es el primero que viola los derechos de los trabajadores, cuando debería verificar a los particulares y a las dependencias de gobierno para que cumplan con los derechos laborales; sin embargo, son los primeros en incumplirlos.
En su oportunidad, el diputado Marco Antonio Natale Gutiérrez (PVEM) aseveró que cada contratista tiene que asumir la responsabilidad de otorgarle seguridad social a sus trabajadores, así como todas las prestaciones a las que tienen derecho.
Por su parte, la diputada Elvia Yolanda Martínez Cosío (MC) aseguró que esta iniciativa propone considerar como personas trabajadoras a los que perciben sus emolumentos con cargo a la partida de honorarios asimilados a salarios.
Se presenta en sentido positivo, agregó, toda vez que reconoce los derechos de los trabajadores desde el inicio de su contratación y durante su permanencia, y los incorpora al régimen de seguridad social, independientemente a su designación legal, nombramiento o tipo de contratación.
Durante la reunión, también se aprobó por 21 votos a favor de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y 18 de la Comisión de Seguridad Social, el dictamen a la minuta del Senado que adiciona un Artículo 75 Bis a la Ley Federal del Trabajo, y un Artículo 31 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B, del Artículo 123 constitucional.
Lo anterior, en materia de permiso anual para someterse a la realización de estudios médicos de detección oportuna de cáncer, particularmente cervicouterino, de mama o de próstata.
Refiere que todas las personas trabajadoras gozarán del permiso de un día al año, con goce de salario íntegro, para someterse a la realización de estudios médicos de detección oportuna del cáncer, particularmente cervicouterino, de mama o de próstata, así como otras enfermedades crónicas que determine la Secretaría de Salud.
Para justificar este permiso, deberá presentarse el certificado médico correspondiente expedido por una institución pública o privada de salud.